DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara el DECAIMIENTO de la apelación que ejerciera el ciudadano CARLOS LA RIVA MOLINA, en contra la sentencia que dictada el Juzgado Cuarto de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial, el día 21 de febrero de 2005, por pérdida del interés procesal, en consecuencia, se DECLARA EXTINGUIDA la citada apelación.
En virtud del anterior pronunciamiento, queda confirmada la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de febrero de 2.005.
Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.