En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Declara SIN LUGAR, la solicitud de DECAIMIENTO DE MEDIDA presentada por el imputado JONATHAN JOSÉ CRESPO ÁVILA, titular de la cédula de identidad Nº 16.028.768, por la comisión del VIOLENCIA SEXUAL CONTINUADA, previsto y sancionado en el en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con el artículo 99 del Código Penal, con el agravante genérico del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, cometido en perjuicio de la adolescente F.C.R., cuya identidad se omite; el cual tiene una pena que supe.....