Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Décimo Cuarto (14º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el procedimiento de Oferta Real de Pago instaurada por la Sociedad mercantil INVERSIONES CRECEPYMES, C.A., a favor del ciudadano HÉCTOR AUGUSTO MANTILLA ALCALÁ, titular de la cédula de identidad N° V-4.430.934