Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada en contra de la decisión de fecha 17/07/2014 emanada del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoaran los ciudadanos CARLOS SUAREZ y ROSEMARY CONTRERAS contra la sociedad mercantil MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A (MERCAL) (anteriormente identificados). CUARTO: SE CONDENA a la parte demandada, MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A (MERCAL) a cancelarles a los demandantes los conceptos determinados en la parte motiva del presente fallo. QUINTO. No hay condenatoria en costas