Por lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra de la decisión de fecha 22 de junio de 2015 dictada por el Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el ciudadano JOSE ALEXI IZARRA MARQUEZ contra la entidad de trabajo INVERSIONES COCOTHAI, CA., en consecuencia se ordena a la demandada a cancelar los conceptos especificados en la parte motiva del presente fallo. CUARTO: No hay condenatoria en costas