DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO del artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencias Nº693, de fecha 02 de junio de 2015, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por los ciudadanos FERNANDO ENRIQUE GIRON HIDALGO y FRANCA ANNA TERESA TULLIO DE GIRON, ambos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 12 de diciembre de 1990 por ante la Prefectura del Municipio Autónomo de Baruta, Estado Miranda actualmente Unidad de Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, del Municipio Baruta, Estado Miranda, segú.....