CAPÍTULO VI
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por Diferencia salarial y otros conceptos derivados de Convención Colectiva interpuesta por los ciudadanos LUIS MORENO MORENO, ENIO ANTONIO RIVAS LEÓN, CRISANTO DARIO BOADA, JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ ARROYO, CRISTO REY ARROYO contra la entidad de Trabajo BANCO CENTRAL DE VENEZUELA SEGUNDO: No hay condena en costas dado el salario de los co-demandantes.