Con base a los razonamientos anteriormente expuesto, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por enfermedad ocupacional incoada por el ciudadano EDWIN ARTURO CAMPO OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-18.404.986., contra la entidad de "BIMBO DE VENEZUELA C.A", sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil VI de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 30 de septiembre de 1.965, bajo el Nro.85, tomo 37-A., en consecuencia se condena a la demandada a pagar las indemnizaciones señaladas en la parte motiva de la presente decisión más los intereses de mora y la indexación. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en .....