Ahora bien, en el caso de autos debe señalarse que desde el día 15 de febrero de 2016, fecha que se recibió diligencia presentada por la Abogada Eudys Adriana Urdaneta Vásquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 104.792, en su carácter de autos, mediante la cual solicita que el Tribunal inste al Registro Mercantil Primero de esta Circunscripción judicial, de respuesta a oficio Nº 385-15, de fecha 25 de septiembre de 2015, hasta la presente fecha no existe ningún acto de procedimiento realizado por la parte actora, lo que evidencia que en el presente juicio ha transcurrido mas de Un (01) año, sin que la parte actora haya realizado ningún acto de procedimiento, por lo que no ha cumplido con su obligación de impulsar el proceso; todo lo anterior es traducido en inactividad procesal dentro de los preceptos sancionatorios previstos en el anteriormente trascrito Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, considerando este Tribunal que se da el mencionado presu.....