Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos incoada por los Maryory Josefina Trenard González y José Jesús Gerardo García Andrade, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V- 15.533.703 y V- 9.482.284, respectivamente. En consecuencia, declara:
PRIMERO: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, el cual contrajeron nupcias en fecha ocho (08) de septiembre de dos mil siete (2007), ante la Juzgado Noveno Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana Caracas, quedando anotado bajo el Nº 65, del libro de Matrimonios correspondiente.
SEGUNDO: se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, .....