por cuanto la Transacción celebrada, no vulnera normas de orden publico ni derechos irrenunciables de la trabajadora, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA