Por las razones anteriores, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares, interpuesta por el ciudadano JULIO FERMÍN MAYAUDON, en contra de la Sociedad Mercantil A.V.K. PROYECTOS Y SISTEMAS C.A., en virtud de lo cual se condena a la parte demandada a: PRIMERO: El pago de la cantidad de NOVECIENTOS SESENTA Y DOS BOLÍVARES CON NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 962,955) por concepto de capital adeudado del contrato de cuenta de participación de fecha 24 de marzo de 1.992 (marcado anexo "A" folio 7); SEGUNDO: La cantidad de MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 1.390,935) por concepto de capital adeudado del contrato de cuenta de participación de fecha 4 de mayo de .....