"...Ahora bien, en cuanto a los bienes muebles señalados por el Apoderado Judicial de la parte actora para ser Preventivamente embargados, los cuales se encuentran descritos en el inventario que consignó en este mismo acto; éste Juzgado se abstiene de practicar la medida de Embargo Preventivo sobre los mismos, en virtud de que el Apoderado Actor no ha presentado documento alguno que acredite la titularidad de la propiedad de la empresa demandada sobre dichos bienes tal y como lo establece la legislación vigente; razón por la cual, éste Juzgado en uso de la tutela judicial efectiva, la protección de derechos de terceros y a fin de evitar errores o excesos en la ejecución de la misión encomendada por el comitente; ordena oficiar al Tribunal de la Causa con el objeto de que sea éste el que indique si es procedente o no el embargo de dichos bienes muebles en los términos que han sido planteados por el Apoderado Actor y en base a la documentación consignada por el
mismo en este .....