este Juzgado Vigésimo Quinto (25°) del Primera Instancia del Circuito Judicial del Trabajo de este Circuito Judicial, procedió a revisar el escrito transaccional, y por cuanto el mismo no vulnera normas de orden público y se encuentran llenos los requisitos previstos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 de su Reglamento así como el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, HOMOLOGA dicha transacción por Bs. 5.523,66 en los términos expuestos, dándole efectos de Cosa Juzgada. Así mismo vista la solicitud de copias certificadas formulada por la parte oferente, el Tribunal ordena expedir copias certificadas del escrito de transacción y del presente auto por Secretaría para lo cual se insta al solicitante consignar las copias fotostáticas.