En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
ÚNICO: Inadmisible in limine litis la pretensión de liquidación y partición de bienes, contenida en la demanda incoada por la ciudadana Yolanda Carolina Bethencourt de Herrera, contra los ciudadanos Alexy Yuvany Márquez Ramírez y Darwins Eduardo Pabón Méndez, ambas partes identificadas en el presente fallo, sobre la base de los previsto en los artículos 11 y 341 del Código de Procedimiento Civil.