Por las razones expuestas este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 29/10/2013. SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido; TERCERO: SIN LUGAR la demandada incoada por el ciudadano ÁNGEL STARLIN CONTRERAS VIDAL, titular de la cedula de identidad Nº 14.540.968 en contra de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ÓRGANO DEL MINISTERIO POPULAR PARA EL AMBIENTE; CUARTO: No hay condenatoria en costas.