este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara FIRME EL DECRETO INTIMATORIO de fecha 31 de octubre de 2011, dictado como consecuencia de la demanda por EJECUCIÓN DE HIPOTECA MOBILIARIA incoada por la sociedad mercantil BANCO CARONÍ, C.A. BANCO UNIVERSAL, en contra de la sociedad mercantil GRUPO SIGMMA, C.A., en su carácter de deudora principal y a los ciudadanos YAKARY YOUSETT SEIJAS REQUENA, IRUMAN REQUENA DE SEIJAS, PEDRO NICOLÁS SEIJAS GONZÁLEZ, GABRIEL JOSÉ SEIJAS REQUENA, en sus carácter de fiadores solidarios.
De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena a la parte perdidosa al pago de las costas procesales, por haber resultado totalmente vencida en la litis.