En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Traba-jo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropo-litana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SIN LUGAR EL RE-CURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD interpuesto contra Certificación N° 0033-08, de fecha 30 de marzo de 2008, emanado de la Dirección de Salud de los Tra-bajadores del Distrito Capital y Vargas (DISERAT), del Instituto Nacional de Pre-vención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL), por la firma mercantil, de este domicilio, CONSORCIO CREDICARD, C.A., ya identificada. No hay imposición en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Por aplicación analógica, de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente decis.....