Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la abogada MARÍA ISABEL RINCÓN CHÁVEZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARYANGELA DEL VILLAR SAÉZ, contra el auto dictado en fecha 05 de marzo de 2024, por el Juzgado Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó el recurso de apelación interpuesto en fecha 27 de febrero de 2024, contra la providencia proferida el 26 de febrero de 2024, dentro del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES incoara el ciudadano OMAR ENRIQUE LEAL PACHECO contra la ciudadana MARYANGELA DEL VILLAR SÁEZ.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.