Con fundamento en las razones esgrimidas por este Tribunal Superior Séptimo del Trabajo de este Circuito Judicial del Trabajo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada contra el auto del 3 de abril de 2024, emanado del Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.. SEGUNDO: se confirma el auto antes mencionado.