Se dictó resolución mediante la cual se declara INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos JAIME DEL VALLE VÁSQUEZ CARABALLO y MORAIMA COROMOTO RODRÍGUEZ MARCANO, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.661.249 y 8.877.912, respectivamente, en representación de su hija SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN contra el ciudadano VICTOR MEZA SILVA, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 4.230.035, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.