Sobre la base de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley determina declarar:
Inadmisible la pretensión incoada por la parte actora-reconvenida, Lourdes Cristina Denis Santana, que calificó de "resolución de contrato", contra el ciudadano Cesar Afonso Castes, ambas partes ya identificadas.
Procedente en derecho la pretensión de cumplimiento de contrato contenida en la demanda reconvencional incoada por el ciudadano Cesar Afonso Castes contra la ciudadana Lourdes Cristina Denis Santana, ambas partes ya identificadas; como consecuencia de ello, se condena a la parte actora reconvenida, a entregar al arrendatario el inmueble dado en arrendamiento, constituido por la casa quinta distinguida con el nº 114-2, situada en el Sector San Isidro de Galipán, Parque Naciona.....