En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL en la presente causa seguida al ciudadano DOCTER PARRA CARLOS RAFAEL y CONTRERAS PÉREZ JHONNY AGIMIRO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.934.183 y 15.574.581, cuya causa principal reposa en los archivos del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal; así mismo CESA LA CONDICION DE IMPUTADO de los referidos ciudadanos. Así mismo se decreta el CESE DE LAS MEDIDAS CAUTELARES IMPUESTAS, establecidas en los numerales 3 y 4 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con la norma citada ut supra.
Publíquese, regístrese y diaricese la presente dec.....