Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR los recursos de apelación interpuestos por la representación judicial de la parte actora y por la representación judicial de la empresa demandada, respectivamente, ambos en contra de la sentencia dictada en fecha 03 de mayo de 2007, por el Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Edith Lozada en contra de la empresa Avon Cosmetics de Venezuela, C.A. TERCERO: Se MODIFICA la sentencia apelada, en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. En consecuencia, se condena al pago de diferencia en los siguientes conceptos: salarios retenidos por la parte variable del salarios de l.....