Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DÁ POR CONSUMADO el desistimiento de la acción de amparo contenida en estos autos, formulado por el abogado Francisco Antonio Rivero Agüero, por diligencia de fecha 18 de Julio de 2016. Se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo del expediente. Así mismo, se ordena el desglose y la devolución de los originales requeridos, previa su certificación en autos por Secretaría. Cúmplase. -