Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre los ciudadanos PEDRO JOSÉ GARCÍA RODRÍGUEZ y CRUZ ALCINA CASTRO DE GARCÍA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.782.438 y 6.088.087, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 24 de mayo de 2013, según se evidencia del Acta de Matrimonio N° 096, de los Libros de Registro de Matrimonios respectivos.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a lo.....