De acuerdo a lo precedentemente expuesto, se admite la impugnación de la experticia complementaria del fallo realizada por la ciudadana Garfido Aracelis, inscrita en el inpreabogado bajo el número 70.748, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada E BUSINESS CORPORATION C.A. A tales fines, el Tribunal ordena el nombramiento de dos expertos, con el objeto de que asesoren al Tribunal en relación a lo reclamado, con la finalidad de fijar definitivamente la estimación, a tenor de lo previsto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente al proceso laboral, a tenor de lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se declara.
Se ordena librar los oficios respectivos, con el objeto de que se realice el sorteo para la designación de dos expertos a los fines de que asesoren al Tribunal en relación a lo reclamado.
El Juez .....