Por los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra el auto de fecha 18 de abril de 2007, dictado por el Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE DEJA SIN EFECTO el auto de fecha 18 de abril de 2007, dictado por el Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que homologó la transacción. TERCERO: Se declara que la cantidad de CUARENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.45.000.000,00) recibidos por la pa.....