Esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el acta de nacimiento a nombre del niño XXXX, signada con el No. 840, de fecha primero (1°) de octubre de mil novecientos noventa y ocho (1998), la cual se encuentra asentada en la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, y donde colocaron el número de cédula de identidad del padre, de manera incorrecta "V-12.767.626" siendo lo correcto: "V-12.769.626". Asimismo se ordena oficiar al Registrador Principal del Distrito Capital y a la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador, a los fines de que efectúen la debida correcció.....