DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: IMPROCEDENTE EN DERECHO el desistimiento de la acción, efectuado por el Abogado Roberto Taricani Lozada, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 36.232, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano Alberto Villasmil Rincón, y por los Abogados MIGUEL ERNESTO GONZALEZ GORRONDONA DE LA ROSA y CECILIA ELENA ACOSTA MAYORAL, JAIRO FERNANDEZ RIVERA Y WILFREDO JOSE MAURELL GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 36.232, 26.422, 48.202 y 111.531, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judicial de la parte demandada, las sociedades mercantiles VALORES COMERCIALES E INDUSTRIALES, C.A (VANCOINCA) e INVERSIONES ALGARROBO,.....