Por las consideraciones expuestas, esta Sala Plena declara que corresponde al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, seguir conociendo de la demanda por intimación de honorarios profesionales ejercida por los abogados CARLOS MANUEL VILLARROEL ORDAZ y CARMEN ROMERO DE MATACHIONE, asistidos por el abogado OSCAR GONZÁLEZ ADRIANZA contra la sociedad mercantil TRANSPORTE Y CONSTRUCCIONES ER PINCIO, C.A.. Así se decide..." (negrillas y subrayado del Tribunal).
Con base en la doctrina citada, esta sentenciadora observa que en el caso de marras, tratándose de que el referido asunto tanto juicio principal como el recurso, mediante el cual el hoy intimante pretende el cobro de honorarios profesionales por la condenatoria en costas impuesta a su contraparte, ya identificado, finalizó, la presente pretensión se encuentra incursa en uno de los supuestos señalados en las sentencias citadas, en consecu.....