III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN, en el juicio que por TRÁNSITO incoara la ciudadana LILIA JOSEFINA RODRIGUEZ contra C. A. LA ELECTRICIDAD DE GUARENAS Y GAUTIRE y SEGUROS NUEVO MUNDO, S. A., todos plenamente identificados al inicio del presente fallo.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE.
Déjese copia certificada de esta decisión en el copiador correspondiente, según prevé el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del J.....