En razón a lo anteriormente expuesto, es por lo que quien suscribe al evidenciar que existe un procedimiento consignatario para los canos de arrendamiento y otro procedimiento que se ventila para la nulidad de las cláusula de un documento, procedimientos incompatibles entre sí, no pudiendo estos ventilarse en el mismo asunto, es por lo que se declara INADMISIBLE la presente demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA, incoada por el abogado ERNESTO LESSEUR RINCON, inscrito en el inpreabogado bajo el No 7558, actuando en su condición de Director de la Sociedad Civil GADEA LESSEUR & ASOCIADOS. Así se decide.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE.
Dado, Firmado y Sellado, en la Sala de este Despacho del Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los Veintiséis (26) días del mes de Enero del año dos mil dieciséis (2016).
LA JUEZA,
Dra. JENNY GONZÁLEZ FRANQUIS.
LA SECRETARIA,
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.