Se dictó sentencia mediante la cual se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por los apoderados judiciales de la parte demandada ciudadano ALBERTO GUERRERO MARQUEZ, contra la sentencia de fecha 14 de diciembre de 2006, dictada por la Juez Unipersonal Nº III de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial de Protección, que declaró sin lugar la oposición a las medidas cautelares decretadas. SEGUNDO: Se revocan las medidas decretadas por el a quo mediante auto de fecha 06 de octubre de 2006, referidas al mantenimiento de la obligación alimentaria a favor del niño, y la de prohibición de enajenar y gravar sobre los vehículos por las razones esgrimidas en la parte motiva de presente fallo.