Por las razones expuestas es por lo que, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ; declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 11 de Abril de 2005, por la abogada RAIZA VALLERA LEON, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 31 de Marzo de 2005, oída en ambos efectos por auto de fecha 20 de Abril de 2005; SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de prestaciones sociales y otros beneficios laborales incoada por WLIFREDO RAFAEL THEIS LARA en contra de la empresa CITRADE C.A.; TERCERO: Se confirma el fallo recurrido; CUARTO: No hay especial condenatoria en costas de confo.....