Por todos los razonamientos antes expuestos, Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión de fecha 29 de julio de 2013, dictada por el Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos incoara la ciudadana Alix Ligia Penagos Ramírez contra la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez. TERCERO: SE REVOCA la decisión in comento.