"...solicito al Tribunal Ejecutor se sirva levantar la medida de Embargo Preventiva, practica sobre la Acción Nº 2.598, perteneciente a mi Representada, en la Asociación Civil Valle Arriba Athlectic Club, asimismo solicito sea asentado en el Libro de Accionista y sea devuelta la comisión con sus resultas al Tribunal de Causa. Es todo.- Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas en cumplimiento de la Suspensión de la Medida de Embargo Preventiva, por parte del Tribunal Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, practicada sobre la Acción Nº 2.598, propiedad de la parte demandada Sociedad Mercantil Desarrollos Valle Arriba Athletic Club C.A., en fecha 21.06.2011, procede a levantar la antes mencionada medida de Embargo Preventiva, e igualmente a dejar la nota correspondiente en el libro de Accionista, en el folio 410 (vto)..."