Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR, la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (vencimiento de prórroga legal) sigue la ciudadana MULTIDUCTO C.A., contra los ciudadanos ESTELA ACOSTA CANTARO y JOSE MIGUEL VELAZCO, (partes plenamente identificadas en autos), y se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento firmado en fecha 29 de Febrero de 2000, por ante la Notaria Publica Décima del Municipio Libertador del Distrito Federal, quedando anotado bajo el Nro. 41, Tomo 07, el cual venció su duración en fecha 01 de Marzo de 2010 y la correspondiente prorroga legal el 01 de Marzo de 2013 y como consecuencia de ello, la demandada tiene la obligación de cumplir con la entrega inmediata de los inmuebles arrendados, libres de bienes y pe.....