TERCERO:
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA CON LUGAR la solicitud de Sobreseimiento Definitivo de conformidad con lo previsto en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a favor de la Adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, por la comisión del delito de Lesiones Leves, previsto en el artículo 416 del Código Penal, solicitado por la vindicta pública, Dra. BRICEIDA MORALES, en su carácter de Fiscal Auxiliar 113° del Ministerio Público.
Regístrese, diarícese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.