Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, intentada por los ciudadanos FABIO ALBERTO ALVAREZ RIVAS y ROSMERY TERESA TENEMPAGUAY LOPEZ, ampliamente identificados en autos, fundamentada en los Artículos 185, 188 y 189 del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha en fecha treinta (30) de marzo de dos mil seis (2006), ante la Prefectura del Municipio Libertador, Jefatura Civil de Antímano, del Distrito capital, según consta de Acta de Matrimonio Nº 02, expedida por la misma autoridad en la fecha señalada