PRIMERO: Se ordena descontar del salario que devenga el ciudadano DENNIS ALBERTO HERNANDEZ TERAN, titular de la cédula de Identidad Nº V-15.069.739, la cantidad equivalente a Cuatrocientos Bolívares (Bs. 400,00) mensuales, en partidas quincenales de Doscientos Bolívares cada una (Bs. 200,00) y sean entregadas directamente a nombre de la ciudadana YENNIFER DEL CARMEN VIVAS CACERES, titular de la cédula de identidad N° v-16.472.713, en su carácter de progenitora del niño (...)de ocho (08) años de edad, o en su defecto sean depositados en la cuenta bancaria a nombre de la ciudadana antes identificada.
SEGUNDO: Se ordena la retención del monto en dinero por pensiones insolutas por la cantidad de Dos Mil Ochocientos Veinte Bolívares (Bs. 2.820,00) a razón de cuotas y bonificaciones no canceladas, que igualmente deberán ser descontadas en partidas quincenales de Cincuenta Bolívares cada una (Bs. 50,00), lo equivalente a Cien Bolívares Mensuales (Bs. 100,00) durante (12) meses; completándos.....