este Tribunal Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentó la ciudadana ROCÍO JOHANA CÓRDOVA DUARTE, contra la ciudadana SAILE ELENA CEBALLOS ZERPA, ambas partes plenamente identificadas.-
SEGUNDO: se ordena la ENTREGA MATERIAL libre de bienes y personas del bien inmueble destinado a uso comercial, constituido por un local distinguido con el número y letra RG-03, con una superficie aproximada de 40,36 mts2, ubicado en el nivel Rómulo Gallegos de la Zona Comercial del Centro Comercial Millenium, situado en la Avenida Rómulo Gallegos y Avenida principal de la Carlota, Los Dos Caminos, Municipio Sucre del Estado Miranda, con Nº de Catastro 15-19-05-U01-028-026-001-001-P01-003, a la ciudadana ROCÍO JOHANA CÓRDOVA DUARTE.
TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar a la actora por concepto de daños y perjuicios, la suma de DOCE MIL SESCIE.....