Se Decreto autorización judicial para que la ciudadana MARIA FATIMA DOS SANTOS DE AGUIAR, en compañía de sus hijos SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de dieciséis (16) y cuatro (04) años de edad, respectivamente, continúe habitando el inmueble ubicado en la Urbanización El Llanito, Avenida Tamanaco, Edificio Residencias Monte Rey, Piso N° 06, Apartamento N° 64, Municipio Baruta, Estado Miranda, y que ha servido de alojamiento común de la familia, hasta que culmine el presente juicio, por lo que deberá el ciudadano JUVENAL FERREIRA DE ABREU, retirarse de la de la citada vivienda con sus enseres personales, para lo cual el Tribunal le otorga un plazo perentorio de cinco (05) días despacho siguiente a la presente fecha.-