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Decisiones del dia 26/06/2017

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Décimo Octavo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2017-001018 N° Sentencia : Fecha: 26/06/2017
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
Partes:
JORGE ELIAZAR HERNANDEZ Y CARLOS AUGUSTO GIL INFANTE / UNIÓN DE CONDUCTORES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y ENCOMIENDAS EL VALLE A.C.
Resumen:
En consecuencia, este Juzgado Décimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda interpuesta por los ciudadanos JORGE ELIAZAR HERNANDEZ y CARLOS AUGUSTO GIL INFANTE contra la entidad de trabajo UNIÓN DE CONDUCTORES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y ENCOMIENDAS EL VALLE A.C. Así se decide. Publíquese, regístrese, y déjese copia de la presente decisión. La Juez, El Secretario, María Mercedes Millán Wilfredo Landaeta En esta misma fecha se publicó la presente decisión.- El Secretario, Wilfredo Landaeta
Juez/Ponente:
María Mercedes Millán Rivero
Organo:
Juzgado Décimo Octavo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-S-2017-000347 N° Sentencia : Fecha: 26/06/2017
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
"GRILLO SEBUCAN, C.A." / LEIDYS CAROLINA HUAYAMAVE MEZA
Resumen:
En tal sentido, este Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, atendiendo a las consideraciones realizadas precedentemente, y asumiendo el criterio establecido por el Juzgado Séptimo Superior de este Circuito Laboral, respecto a las transacciones presentadas en el procedimiento de oferta real de pago, a los fines de garantizar la irrenunciabilidad de los derechos laborales de rango constitucional, NIEGA la solicitud de homologación de la transacción presentada en fecha 22 de junio de 2017, por los motivos expresados supra, y así se establece. No obstante lo anterior, este Tribunal deja constancia que en el presente procedimiento de oferta real de pago, la parte oferente -a través de su apoderado judicial-, realizó un pago a la parte oferida, por la cantidad de doscientos siete mil seiscientos doce bolívares con diez céntimos (Bs. 207.612,10) -ver folio 21-. La Juez, Abg. María Mercedes Millán El Secretario, Abg. Wilfredo Landaeta
Juez/Ponente:
María Mercedes Millán Rivero
Organo:
Juzgado Décimo Octavo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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