declara: PRIMERO: SIN LUGAR apelación interpuesta en fecha 27 de Octubre de 2004, por la abogado MARIA M. ARRESE-IGOR, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de Octubre de 2004, oída en ambos efectos por auto de fecha 03 de Noviembre de 2004. SEGUNDO: SIN LUGAR la defensa de prescripción alegada por la demandada, en relación al derecho a la jubilación de la demandante. TERCERO: CON LUGAR la Pensión de Jubilación Vitalicia de los accionantes, por lo que la empresa demandada deberá cancelar al ciudadano: Nelson Angulo una pensión de ... (Bs. 165.801,60) por concepto de jubilación; a la ciudadana Carmen Rondón de .... (Bs. 75.659,27) por concepto de jubilación, y la ciudadana Herminia de Aranguren de ...(Bs. 70.920,36) por concepto de jubilación, es decir, el 85.5%, .....