En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: declara: PRIMERO: SIN LUGAR la caducidad de la acción alegada por la demandada. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano FRANCISCO SEGUNDO GALIFI HERRERA contra la sociedad mercantil CALZADOS APICE, C.A. TERCERO: Se condena a la demandada reenganchar al actor en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía para el momento de su ilegal despido, con el cargo de vendedor y el pago de sus salarios caídos dejados de percibir, con base a un salario promedio mensual de Bs. 13.582,20, es decir, diario de Bs. 457,74, los cuales deberán calcularse desde el momento del despido incluyendo los aumento.....