PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte oferente, contra la decisión de fecha 15 de junio de 2016, emanada del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Como consecuencia de la declaratoria que antecede se confirma la sentencia recurrida. SEGUNDO: Se condena en costa de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.