Vista la diligencia suscrita por el abogado Luis Alberto Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 104.042, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte solicitante, mediante la cual solicita la citación por carteles de la parte demandada, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre dicho pedimento observa:
Luego de verificadas las actas procesales que conforman el expediente se evidencia de la declaración del Alguacil de este Juzgado de fecha veinticinco (25) de julio del dos mil seis (2006), en la cual manifiesta que fue informado en la dirección suministrada por la parte actora para la citación de la parte demandada, que el ciudadano Carlos Alberto Gutiérrez, no presta servicios a la demandada, SONY BMG MUSIC DE VENEZUELA C. A., desde hace varios años.
Ahora bien, por cuanto este Juzgado observa que para evacuar la prueba que a decir de la solicitante puede desaparecer, es indispensable la citación de la sociedad SONY BMG MUSIC DE VENEZUELA C. A., a fin d.....