Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA por los ciudadanos PEDRO PABLO ESPINOZA, HECTOR JOSE OCHOA ABREU, JOSE FLORENCIO MESONA SANCHEZ, FREDDY RAFAEL TOVAR, MANUEL ANTONIO BRITO MENESES, MARCOS TULIO APONTE MATAMOROS, SIMON PIÑANGO Y GERMAN BRITO por cobro de prestaciones sociales contra INVERSIONES SABENPE C.A., condenándose a la parte demandada, a pagar a la actora la cantidades derivadas de los conceptos especificados en la motiva del presente fallo, mas lo que resulte de la experticia complementaria ordenadas en este fallo. SEGUNDO: Se ordena realizar experticia complementaria del fallo conforme a los parámetros señalados en la parte motiva del fallo. TERCERO: Se condena .....