-III-
PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la partición amistosa en los mismos términos y condiciones convenidas or los ciudadanos JUAN DANIEL VERNET MEZA y CATHERINE THERESE RIVERA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 14.156.670 y 14.122.141, respectivamente, asistidos por la ciudadana NAHIVA ELIZABETH YAHONDY CORDERO, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 51.312, ello de conformidad con lo previsto en los artículos 255, 256 y 788 del Código de Procedimiento Civil. Se declara como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el copiador de s.....